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Los delegados y sus deberes

El próximo 17 de diciembre se construirá en Sandino, como en toda Cuba, la Asamblea Municipal del Poder Popular.

Pero antes es importante que los delegados, según lo establecido en el Artículo 195 de la Constitución de la República, conozcan sus deberes y derechos.

El Lic Leopoldo Osuna Linares, presidente del Consejo Electoral Municipal, declaró que ellos deben mantener una relación permanente con sus electores, promoviendo la participación de la comunidad en la solución de sus problemas.

De igual manera, deben dar a conocer a la Asamblea Municipal y a la administración de la localidad las opiniones, necesidades y dificultades que les transmitan sus electores, y trabajar en función de gestionar su solución, en lo que les corresponda.

Asimismo, informar a los electores sobre la política que sigue este órgano y las medidas adoptadas en atención a sus opiniones y para la solución de las necesidades planteadas por la población o las dificultades para resolverlas.

Precisó Osuna que también rendirán cuenta periódicamente a sus electores de su gestión, conforme a lo establecido en esta ley, e informar a la Asamblea, a la comisión y al Consejo Popular al que pertenezcan sobre el cumplimiento de las tareas que les hayan sido encomendadas, cuando estos lo reclamen.

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