Tal como lo recoge el Decreto-Ley No. 322, la entrega de solares yermos tiene como fin la construcción de viviendas por esfuerzo propio por parte de la población, según las prioridades establecidas por el Estado y los intereses del territorio
La Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo dispone del levantamiento de solares yermos, un paso imprescindible para la venta a los necesitados en Sandino.
Tal como lo recoge el Decreto-Ley No. 322, modificativo de la Ley General de la Vivienda, el Consejo de la Administración se encarga de definir las personas que accederán a las parcelas, según las prioridades establecidas por el Estado y los intereses del territorio.
Su entrega tiene como fin la construcción de viviendas por esfuerzo propio por parte de la población. Debido a la falta de infraestructura existente, principalmente en el asentamiento urbano Sandino, se le da seguimiento al comienzo de la decisión y a la vez en la ejecución de la tipología de inmuebles en plan parcial de desarrollo residencial.
En los demás asentamientos es más factible este levantamiento. No obstante este es un proceso complejo, pues resulta difícil en no pocos lugares la entrega de suelo debido no solo a la escasez de terrenos estatales en las ciudades; sino a la carencia de la infraestructura mínima: servicios de agua, eléctrico, de vertimiento de residuales y de viales, con condiciones básicas.
De ahí el interés por cumplir las regulaciones vigentes las que proponen además erradicar condiciones de precariedad; los casos sociales y albergados; los ubicados en zonas de riesgo que incluyen inundaciones y otros desastres naturales, así como a las personas que constituyen un interés económico-social.
El tema resultó objeto de análisis por la Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo tras evaluar su desempeño durante el año 2023.