
Por Tairis Montano Ajete
En el marco de la actualización del Código de Trabajo, Cuba da un paso significativo hacia la protección de los derechos laborales al incluir el derecho a la desconexión digital, una medida que busca garantizar el respeto al tiempo de descanso de los trabajadores en un entorno cada vez más marcado por la conectividad constante.
Según explicó Pedro Ortela Valdés, especialista principal de la Consultoría Jurídica en Sandino, esta disposición “reconoce que el trabajador no debe estar disponible fuera de su jornada laboral, ni ser interrumpido durante sus días de descanso o feriados, incluso si realiza teletrabajo o labora desde el extranjero bajo contrato legalmente establecido”.
La normativa delimita que:
- El empleador no podrá exigir respuestas a correos, llamadas o mensajes fuera del horario pactado.
- Se aplica a todas las modalidades de empleo, incluyendo el trabajo a distancia.
- Busca proteger la salud mental, prevenir el agotamiento laboral y fomentar el equilibrio entre vida personal y profesional.
Ortela Valdés precisó que con esta medida Cuba se suma a una corriente global que ya ha sido adoptada por países como España, Francia, Italia, Portugal, Irlanda, Bélgica, Grecia, Croacia, Eslovaquia, Argentina, México y Perú, donde se han establecido marcos legales que garantizan el derecho de los trabajadores a desconectarse digitalmente fuera del horario laboral.
La incorporación del derecho a la desconexión digital representa un avance en la legislación laboral cubana, adaptándose a los desafíos del mundo moderno y reconociendo que el descanso no es solo una necesidad, sino un derecho que debe ser protegido. Su implementación efectiva dependerá del compromiso de las entidades empleadoras y del fortalecimiento de la cultura jurídica en torno al respeto del tiempo personal.
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