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Exigen a entidades mercantiles inscribir a su beneficiario final

La Resolución 99/2026 del Ministerio de Justicia obliga a todas las sociedades mercantiles a inscribir a su beneficiario final en el Registro Mercantil en un plazo de 60 días hábiles

Por Tairis Montano Ajete

Desde el pasado 16 de abril, con la entrada en vigor de la Resolución 99/2026, las entidades mercantiles en Cuba enfrentan una obligación inmediata: declarar a su beneficiario final ante el Registro Mercantil. El plazo de 60 días hábiles ya transcurre y vence el próximo 1 de julio de 2026.  

La normativa establece que el beneficiario final es la persona natural que controla directa o indirectamente la entidad, ya sea por poseer al menos el 15 % del capital o derechos de voto, tener facultad para nombrar o revocar administradores, ejercer veto sobre decisiones estratégicas o recibir los beneficios económicos reales.  

El incumplimiento acarrea sanciones severas:  

  • Bloqueo registral (no se inscriben documentos ni se emite publicidad registral).  
  • Recargo del 30 % en tarifas.  
  • Inhabilitación práctica para contratar, acceder a financiamiento o certificar la existencia legal de la empresa.  

Según Pedro Hortelas Valdés, especialista principal del grupo Sandino de la Empresa de Asuntos Legales en Pinar del Río, esta medida busca transparentar la propiedad efectiva de las sociedades mercantiles, evitar el uso de testaferros y fortalecer la lucha contra el lavado de activos. “El Registro Mercantil se convierte en un filtro de legalidad y transparencia, capaz de denegar inscripciones si detecta irregularidades”, subrayó.  

La resolución también establece que:

  • Los cambios en el beneficiario final deben registrarse en un plazo máximo de 30 días hábiles.   
  • La actualización anual es obligatoria antes del 1 de julio de cada año.   
  • Las nuevas sociedades deben declarar al beneficiario final desde el momento de su constitución.  

La Resolución 99/2026 marca un hito en la seguridad jurídica empresarial en Cuba. El plazo es inmediato y las consecuencias de incumplir son graves. Abogados, notarios y empresarios deben actuar sin demora para garantizar la continuidad legal y financiera de sus entidades.

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