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El trabajo como derecho, no como excepción

El artículo 33 del Anteproyecto de Código del Trabajo prioriza el acceso al empleo para personas con discapacidad y egresados de educación especial. La medida busca romper la exclusión y garantizar un trabajo accesible para todos, sin importar sus condiciones físicas, sensoriales o intelectuales 

Por Tairis Montano Ajete

Hay palabras que no deberían escribirse en voz baja. “Accesibilidad”, “inclusión”, “dignidad”. Palabras que, en el nuevo anteproyecto del Código de Trabajo, se elevan como promesa jurídica para quienes han sido históricamente relegados al margen del empleo: las personas con discapacidad.

El texto propone lo que durante años fue deuda: garantías concretas para el acceso, la movilidad, la permanencia y el desarrollo laboral de trabajadores con discapacidad. No como gesto simbólico, sino como mandato legal. No como excepción, sino como derecho.

Y eso importa. Importa porque en Cuba hay miles de personas que saben leer el mundo desde una silla de ruedas, desde un bastón, desde un silencio que no es vacío. Importa porque el trabajo no es solo salario: es identidad, es pertenencia, es voz.

Jurídicamente, esta propuesta implica que toda entidad laboral deberá adaptar sus espacios, procesos y relaciones para garantizar igualdad de condiciones. Implica que la discriminación por discapacidad será sancionable, que la omisión será falta, que la exclusión será delito ético.

Pero más allá del papel, lo que se exige es una revolución del trato. Que el ascensor funcione. Que el jefe no mire con lástima, sino con respeto. Que el compañero no excluya, sino que escuche. Que el Estado no prometa, sino que cumpla. Porque no se trata de compasión. Se trata de justicia.

Este acápite del Código no es un favor, es una reparación; es el reconocimiento de que la diferencia no es defecto, sino diversidad, y que el trabajo, como la dignidad, no se mendiga, se garantiza.

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